Misal Romano (tercera edición) - Decreto

CONGREGACIÓN PARA
EL CULTO DIVINO

Prot. n. 166/70

DECRETO

Una vez establecido el Ordo celebrationis eucharistiæ y aprobados los textos pertenecientes al Missale Romanum mediante la Constitución Apostólica Missale Romanum, promulgada por Su Santidad Pablo VI, el 3 de abril de 1969, esta Congregación para el Culto Divino recibió del Sumo Pontífice el mandato de promulgar esta nueva edición del Misal Romano, realizada conforme a los Decretos del Concilio Vaticano II, y la declara como edición típica.

En lo tocante al uso del nuevo Misal Romano, se permite que pueda emplearse ya la edición latina tan pronto como aparezca editada, haciendo las oportunas acomodaciones en lo que se refiere a las fiestas de los santos, mientras se espera la implantación definitiva del nuevo calendario; y se deja al cuidado de las Conferencias Episcopales el preparar las ediciones en lengua vernácula, señalando el día en que, una vez confirmadas por la Santa Sede, entrarán en vigor.

Sin que obste nada en contrario.

En la sede de la Congregación para el Culto Divino, día 26 de marzo de 1970, Jueves Santo en la Cena del Señor.

BENNO Card. GUT
Prefecto

A. BUGNINI
Secretario

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