OBSERVACIONES GENERALES PREVIAS
I. RELACIONES ENTRE EL CULTO EUCARÍSTICO FUERA DE LA MISA Y LA CELEBRACIÓN DE LA EUCARISTÍA
1. La celebración de la Eucaristía es el centro de toda la vida cristiana, tanto para la Iglesia universal como para las asambleas locales de la misma Iglesia. Pues, «los demás sacramentos, como también todos los ministerios eclesiásticos y las obras de apostolado, están unidos a la Eucaristía y a ella se ordenan. La sagrada Eucaristía, en efecto, contiene todo el bien espiritual de la Iglesia, es decir, Cristo mismo, nuestra Pascua y pan vivo que, por su carne, vivificada y vivificante por el Espíritu Santo, da la vida a los hombres. Así, los hombres son invitados y conducidos a ofrecerse a sí mismos, sus trabajos y todas las cosas creadas junto con Cristo» [1].
2. Pero además «la celebración de la Eucaristía en el sacrificio de la Misa es realmente el origen y el fin del culto que se le tributa fuera de la Misa» [2]. Porque Cristo, el Señor, que «se inmola en el mismo sacrificio de la Misa cuando comienza a estar sacramentalmente presente como alimento espiritual de los fieles bajo las especies de pan y vino», también «una vez ofrecido el sacrificio, mientras la Eucaristía se conserva en las iglesias y oratorios es verdaderamente el Emmanuel, es decir, "Dios-con-nosotros". Pues día y noche está en medio de nosotros, habita entre nosotros lleno de gracia y de verdad» [3].
3. Nadie debe dudar (que todos los cristianos tributan a este santísimo Sacramento, al venerarlo, el culto de latría, que se debe al Dios verdadero, según la costumbre siempre aceptada en la Iglesia católica. Porque no debe dejar de ser adorado por el hecho de haber sido instituido por Cristo, el Señor, para ser comido [4].
4. Para ordenar y promover rectamente la piedad hacia el santísimo Sacramento de la Eucaristía hay que considerar el misterio eucarístico en toda su amplitud, tanto en la celebración de la Misa como en el culto de las sagradas especies, que se conservan después de la Misa para prolongar la gracia del sacrificio [5].
II. FINALIDAD DE LA RESERVA DE LA EUCARISTÍA
5. El fin primero y primordial de la reserva de la Eucaristía fuera de la Misa es la administración del Viático; los fines secundarios son la distribución de la comunión y la adoración de nuestro Señor Jesucristo presente en el Sacramento. Pues la reserva de las especies sagradas para los enfermos ha introducido la laudable costumbre de adorar este manjar del cielo conservado en las iglesias. Este culto de adoración se basa en una razón muy sólida y firme; sobre todo porque a la fe en la presencia real del Señor le es connatural su manifestación externa y pública [6].
6. En la celebración de la Misa se iluminan gradualmente los modos principales según los cuales Cristo está presente en su Iglesia: en primer lugar está presente en la asamblea de los fieles congregados en su nombre; está presente también en su palabra, cuando se lee y explica en la iglesia la sagrada Escritura; presente también en la persona del ministro; finalmente, sobre todo, está presente bajo las especies eucarísticas. En este Sacramento, en efecto, de modo enteramente singular, Cristo entero e íntegro, Dios y hombre, se halla presente sustancial y permanentemente. Esta presencia de Cristo bajo las especies «se dice real, no por exclusión, como si las otras no fueran reales, sino por excelencia» [7].
Así que, por razón del signo, es más propio de la naturaleza de la celebración sagrada que, en el altar donde se celebra la Misa, la presencia eucarística de Cristo, fruto de la consagración, y que como tal debe aparecer en cuanto sea posible, no se tenga ya desde el principio de la Misa por la reserva de las especies sagradas en el sagrario [8].
7. Renuévense frecuentemente y consérvense en un copón o vaso sagrado las hostias consagradas en la cantidad suficiente para la comunión de los enfermos y de otros fieles fuera de la Misa [9].
8. Cuiden los pastores de que, a no ser que obste una razón grave, las iglesias en que, según las normas del derecho, se guarda la santísima Eucaristía estén abiertas diariamente, por lo menos algunas horas en el tiempo más oportuno del día, para que los fieles puedan fácilmente orar ante el santísimo Sacramento [10].
III. EL LUGAR DE LA RESERVA DE LA EUCARISTÍA
9. El lugar en que se guarda la sagrada Eucaristía ha de ser verdaderamente destacado. Conviene en gran manera que sea igualmente apto para la adoración y oración privada, de modo que los fieles no dejen de venerar al Señor presente en el Sacramento, aun con culto privado, y lo hagan con facilidad y provecho.
Esto se conseguirá más fácilmente si se prepara una capilla separada de la nave central, sobre todo en las iglesias en que se celebran con frecuencia matrimonios y funerales y en las que son muy visitadas, ya por peregrinaciones, ya por razón de los tesoros de arte y de historia.
10. La sagrada Eucaristía se reservará en un sagrario inamovible y sólido, no transparente, y cerrado de tal manera que se evite al máximo el peligro de profanación. De ordinario en cada iglesia u oratorio habrá un solo sagrario, situado en la parte de la iglesia u oratorio que sea distinguida, destacada, convenientemente adornada y apropiada para la oración.
Quien cuida de la iglesia u oratorio ha de proveer a que se guarde con la máxima diligencia la llave del sagrario en que se reserva la sagrada Eucaristía [11].
11. La presencia de la sagrada Eucaristía en el sagrario se indicará con el conopeo o con otro medio determinado por la autoridad competente.
Ante el sagrario en que está reservada la sagrada Eucaristía brillará constantemente una lámpara especial, con la que se indique y honre la presencia de Cristo.
Según la costumbre tradicional, y en la medida de lo posible, la lámpara ha de ser de aceite o de cera [12].
IV. LO QUE CORRESPONDE A LAS CONFERENCIAS EPISCOPALES
12. Corresponde a las Conferencias Episcopales, al preparar los Rituales particulares según la norma de la Constitución sobre la sagrada Liturgia [13], acomodar este título del Ritual Romano a las necesidades de cada región, y una vez aceptado por la Sede Apostólica, empléese en las correspondientes regiones.
Por tanto, será propio de las Conferencias Episcopales:
a) Considerar con detenimiento y prudencia qué elementos procedentes de las tradiciones de los pueblos (si los hubiere) se pueden retener o admitir, con tal que se acomoden al espíritu de la sagrada Liturgia; por tanto, es propio de las Conferencias Episcopales proponer a la Sede Apostólica, y de acuerdo con ella, introducir las acomodaciones que se estimen útiles o necesarias.
b) Preparar las versiones de los textos, de modo que se acomoden verdaderamente al genio de cada idioma y a la índole de cada cultura, añadiendo quizá otros textos, especialmente para el canto, con las oportunas melodías.
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[1] Concilio Vaticano II, Decreto Presbyterorum ordinis, sobre el ministerio y vida de los presbíteros, n. 5.
[2] Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum mysterium, n. 3, e: AAS 59 (1967), p. 542.
[3] Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum mysterium, n. 3, b: AAS 59 (1967), p. 541; PABLO VI, Encíclica Mysterium fidei, prope finem: AAS 57 (1965), p. 771.
[4] Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum mysterium, n. 3, f: AAS 59 (1967), p. 543.
[5] Cf. ibid., n. 3, g: l.c., p.543.
[6] Cf. ibid., n. 49: l.c., pp. 566-567.
[7] Pablo VI, Encíclica Mysterium fidei: AAS 57 (1965), p. 764; cf. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum mysterium, n. 9: AAS 59 (1967), p. 547.
[8] Cf. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum mysterium, n. 55: AAS 59 (1967), pp. 568-569.
[9] Cf. Ordenación general del Misal Romano, nn. 285 y 292.
[10] Cf. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum mysterium, n. 51: AAS 59 (1967); Código de Derecho Canónico, can. 937.
[11] Cf. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum mysterium, nn. 52-53: AAS 59 (1967), pp. 567-5ó8; Código de Derecho Canónico, can. 938.
[12] Cf. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum mysterium, n. 57: AAS 59 (1967), p. 5ó9; Código de Derecho Canónico, can, 940.
[13] N. 63, b.
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