Diurnal - Presentación

COMISIÓN EPISCOPAL ESPAÑOLA
DE LITURGIA

PRESENTACIÓN

Entre los años 1979 y 1981, la Conferencia Episcopal Española ha promulgado sucesivamente los cuatro volúmenes de que consta la edición típica y completa de la Liturgia de las Horas en su versión oficial española. Con la publicación de esta obra, se ha dado un primer e importante paso en la restauración de la plegaria de la Iglesia, poniendo en manos de los ministros ordenados, de los monjes y de los demás contemplativos, el instrumento con el que poder realizar una de las principales misiones que les encomienda la Iglesia: la de «asegurar que, por lo menos a través de ellos, se mantenga de modo constante la función que es propia de toda la comunidad y que la oración de Cristo persevere sin interrupción en la Iglesia» [1].

Pero la oración litúrgica, precisamente porque es la oración de la Iglesia, no puede limitarse tan solo a los ministros ordenados y a los contemplativos. La Iglesia, en efecto, está formada por todos los bautizados, y son todos ellos los que, «por la regeneración bautismal y por la unción del Espíritu Santo, han sido consagrados como casa espiritual y sacerdocio santo» [2], sacerdocio que ejercen no únicamente a través de la celebración eucarística, sino también por medio de la oración [3]. Esta doctrina de la pertenencia de todos los fieles al Cuerpo de Cristo y del sacerdocio común de los bautizados, un tanto olvidada en los últimos siglos, ha sido subrayada en nuestros días por el Magisterio de la Iglesia de una forma cada vez más insistente, sobre todo a partir de la encíclica Mystici Corporis de Pío XII. No se trata, ciertamente, de una doctrina nueva, pero sí de un redescubrimiento de una Iglesia toda ella Cuerpo de Cristo, toda ella pueblo sacerdotal. Con estos rasgos, aparece la Iglesia en el Nuevo Testamento como en los Padres de la Iglesia. De esta forma se presenta, por ejemplo, la primitiva comunidad eclesial en los llamados «sumarios» de la vida de la comunidad apostólica que nos ofrece el libro de los Hechos apostólicos. En dicho libro, se nos describe a todos los miembros de la comunidad de los bautizados, no solo escuchando con perseverancia la enseñanza de los apóstoles y participando en la fracción del pan, sino también siendo asiduos en la oración común [4], oración de la que repetidas veces se habla en el mismo libro inspirado [5]. Los Padres de la Iglesia, por su parte, no dejan de recalcar con frecuencia que todos los cristianos, ministros y laicos, forman una única Iglesia que, a través de todos sus miembros, participa de la función sacerdotal de Cristo, aunque solo sean algunos de los bautizados los que con su sacerdocio ministerial y jerárquico ejercen la función de representar a Cristo, Cabeza del pueblo sacerdotal en medio de la asamblea de los fieles.

Bellamente expresa está realidad, en el siglo V, san León Magno; su testimonio en favor de la función sacerdotal de los laicos resulta especialmente significativo, porque sus palabras fueron pronunciadas precisamente con ocasión del aniversario de su propia ordenación episcopal: «Aunque toda la Iglesia esté organizada en distintos grados, de manera que la integridad del sagrado cuerpo conste de diversidad de miembros, sin embargo como dice el Apóstol, "todos somos uno en Cristo"; esta diversidad de funciones no es, en modo alguno, causa de división entre los miembros, ya que todos, por humilde que sea su función, están unidos a la Cabeza. En efecto, nuestra unidad de fe y de bautismo hace de nosotros una comunidad indiscriminada, en la que todos gozan de la misma dignidad..., y así, además de servicio especial del Episcopado, todos los cristianos deben saber que son partícipes del linaje regio y del oficio sacerdotal. ¿Qué hay más sacerdotal que ofrecer a Dios... las inmaculadas víctimas de nuestra piedad en el altar del corazón?» [6].

La reforma del Oficio divino ha logrado convertir en realidad práctica el principio doctrinal de la pertenencia de la oración litúrgica a todos los bautizados y además ha sabido hacerlo de una manera singularmente significativa e incluso altamente pedagógica. En efecto, al referirse a los destinatarios de la Liturgia de la Hora, la Institutio alude, en primer lugar, al conjunto de fieles, no a los ministros ordenados y contemplativos, como hubiera podido esperarse en razón de la anterior práctica secular [7], y, solo después de haber afirmado que «la Liturgia de las Horas pertenece a todo el cuerpo de la Iglesia» [8], detalla el papel concreto que con referencia a la misma tienen los ministros ordenados, los contemplativos y los demás miembros de la comunidad cristiana. A partir de estas afirmaciones doctrinales, el Oficio divino, antes exclusiva de clérigos y monasterios contemplativos, va pasando, incluso en la práctica, a ser la oración de todos los bautizados.

Los Obispos españoles, por nuestra parte, nos hemos interesado, ya desde los comienzos de la reforma litúrgica, en lograr que los religiosos y religiosas de vida activa, e incluso los laicos, fueran incorporándose progresivamente a la práctica de la oración litúrgica. A este respecto, cabe recordar que en 1970, antes incluso de que apareciera la edición típica de la Liturgia Horarum, pusimos en manos de los fieles, a través del Secretariado Nacional de Liturgia, una edición popular y provisional de los nuevos esquemas y formularios de Laudes, Vísperas y Completas, basándonos para ello en los estudios que solicitamos del correspondiente Dicasterio romano [9].

Hoy, un vez publicada, como ya hemos dicho, la edición completa de la Liturgia de las Horas, ha llegado el momento de poner en manos de todos los fieles un instrumento que dé también a los no obligados jurídicamente al rezo del Oficio divino la posibilidad de incorporarse a la oración de la Iglesia, principalmente en aquellas dos horas que en el Concilio Vaticano II quedaron afirmadas como vértice de toda la oración eclesial [10]. Estas dos Horas son, por otra parte, las que más enriquecerán la piedad eclesial de los fieles, pues los salmos que en ellas se recitan son los que mejor reflejan la profundidad del misterio cristiano [11] y los más adecuados para la participación del pueblo [12]. Además, estas dos Horas, que se rezan una al principio de la jornada y otra cuando las tareas del día han concluido, son las que mayor posibilidad tienen de ser incorporadas a la vida habitual de los fieles. Por otra parte, si los laicos van adoptando progresivamente el rezo de estas dos Horas, se situarán en una línea de continuidad y progreso con referencia a lo que hacían nuestros mayores. De continuidad, decimos, porque nuestros antepasados tenían la costumbre, que en muchos lugares se ha mantenido afortunadamente hasta nuestros días, de iniciar y concluir el día con las llamadas «oraciones de la mañana y de la noche», que se situaban precisamente a la hora de Laudes y de Vísperas. De progreso también, porque los formularios del Oficio divino son de una riqueza espiritual, teológica y bíblica incomparablemente superior a las antiguas fórmulas de las referidas oraciones de la mañana y de la noche.

En este volumen, aparecen también los formularios de Tercia, Sexta, Nona y Completas. Estas partes del Oficio divino, aunque no sean tan fundamentales como Laudes y Vísperas, tienen una importancia destacada tanto para algunas comunidades religiosas como para los mismos seglares. Entre los religiosos, en efecto, son muchas las comunidades que han incorporado en su horario una oración comunitaria, antes o después de la comida; para esta oración acostumbran a usar una de las tres primeras horas citadas convirtiéndola, como sugiere la propia Institutio, en una hora intermedia [13]. Además, tanto por lo que se refiere a los religiosos como a los seglares, resulta muy oportuno que se mantenga la tradición de orar en los tres momentos de plegaria más significativos con respecto a la historia de la salvación [14], es decir, en Tertia [venida del Espíritu Santo; subida al Calvario), Sexta (cricifixión del Señor; oración de Pedro en la azotea) y Nona (muerte del Señor; oración de Pedro y Juan en el templo) [15],

Terminamos esta presentación destacando el significado que tiene para nosotros, los Obispos, y para los presbíteros, cooperadores de nuestro ministerio pastoral, el hecho de poner en manos de todos los fieles un libro como este en cumplimiento de uno de nuestros más importantes deberes. En efecto, nosotros no solo estamos obligados, por mandato de la Iglesia, a «asegurar, con nuestro rezo diario e íntegro de la Liturgia de las Horas, que la Iglesia mantenga de modo constante de deber de orar asiduamente» [16], sino que, en virtud de nuestro ministerio pastoral, «tenemos también la obligación de invitar a la comunidad cristiana a la plegaria, presidir su oración y enseñar a los fieles a participar en la misma» [17]. Este libro que hoy ponemos en manos de todos nuestros fieles significa, en buena parte la realización de este deber pastoral.

Quiera Dios que sean muchos los fieles, religiosos y laicos, que, unidos a nosotros, los Obispos y presbíteros, se incorporen a la oración litúrgica; así seremos un fiel trasunto de la comunidad cristiana primitiva que «era constante en la oración común» [18] bajo la presidencia de sus pastores, los Apóstoles.

Madrid, 8 de diciembre de 1982, solemnidad de la Inmaculada Concepción de santa María Virgen.

X MARCELO Card. GONZÁLEZ MARTÍN
Arzobispo de Toledo y Primado de España
Presidente de la Comisión Episcopal
Española de Litugia

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[1] Institutio general de la Liturgia de las Horas, núm. 28.

[2] CONCILIO VATICANO II, Constitución dogmática Lumen gentium, sobre la Iglesia, núm 10.

[3] Ibíd.

[4] Hch 2, 42.

[5] Cf. Hch 1, 14; 4, 24; 12, 5. 12; Ef 5, 19-21.

[6] Sermón 4, 1-2; PL 54, 148-149.

[7] Cf. Institutio general de la Liturgia de las Horas, núms. 20-22.

[8] Ibíd., núm. 20.

[9] Liturgia de las Horas. Laudes, Vísperas, Completas. Madrid, Secretariado Nacional de Liturgia, 1970.

[10] CONCILIO VATICANO II, Constitución Sacrosanctum Concilium, sobre la sagrada liturgia, núm. 89a.

[11] Institutio general de la Liturgia de las Horas, núm. 126.

[12] Ibíd., núm. 127.

[13] Ibíd., núm. 77-78.

[14] Institutio general de la Liturgia de las Horas, núm. 76.

[15] Ibíd., núm. 1.

[16] Ibíd., núm. 28.

[17] Ibíd., núm. 23.

[18] Hch 2, 42.

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